Plataforma de trabajo para el desarrollo socioeconómico

Abierto el segundo plazo de las Ayudas Locales para la puesta en marcha de iniciativas empresariales 2019.

 
El objeto de esta convocatoria es favorecer la generación de empleo a través de la promoción del establecimiento de personas trabajadoras por cuenta propia, mediante la concesión de subvenciones por la creación de actividad empresarial independiente. Por medio de esta actuación se trata de dinamizar la pequeña y mediana empresa, el comercio tradicional, así como a nuevas personas emprendedoras que inician su actividad en cualquier sector productivo.

El autoempleo mediante iniciativas viables y sostenibles supone una forma de integrarse en el mercado laboral, desarrollando una actividad económica y empresarial ejercida por la propia persona que conlleva la autogestión de la propia actividad. Las personas que optan por esta posibilidad realizan un trabajo autónomo o por cuenta propia en sus diversas modalidades.

Las ayudas solo se concederán para la creación de empleo autónomo en centros de trabajo domiciliados en el municipio de Almansa

Como administración más cercana a la ciudadanía, venimos trabajando en la línea de sumar recursos y movilizar posibilidades fruto del diálogo y de la participación ciudadana. Estas ayudas significan la continuidad de acciones de ámbito local que venimos desarrollando a través de diversos programas con el objetivo del asesoramiento y consolidación de empresas.

El objeto y ámbito de la actuación de esta iniciativa viene a definir la clara vocación de poner en valor la creación del autoempleo y nuevas iniciativas empresariales como contribución de las personas emprendedoras y las microempresas al desarrollo económico y de cohesión social del territorio, con la consiguiente generación de puestos de trabajo de calidad para las personas.

Son beneficiarios/as de las ayudas establecidas en las presentes bases aquellos/as que cumplan todos y cada uno de los puntos siguientes:

  • Las personas inactivas o inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de “Emplea” de la JCCM de Almansa.
  • Las personas empadronadas en la localidad de Almansa a de fecha de presentación de la solicitud.
  • Deben ser personas emprendedoras y empresas que ubiquen su actividad profesional, productiva o de servicios en la localidad de Almansa.
  • El inicio de la actividad deberá producirse a partir del día 01/01/2019 hasta el 31/12/2019.

Además los beneficiarios de las ayudas establecidas deben participar al menos en alguna de las siguientes actividades o programas:

  • Las personas asesoradas en materia de emprendimiento mediante la evaluación inicial del SERVICIO PARA LA SENSIBILIZACIÓN, CRECIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS EN ALMANSA coordinado por el Centro de Empleo del Ayuntamiento de Almansa.
  • Participación en los ESPACIOS ADELANTE AUTOEMPLEO de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha a través de un informe de derivación en el que se realizan servicios de tutorización, acompañamiento, asesoramiento y formación al emprendedor.
SUBVENCIONES Y CUANTIA

Por el establecimiento por cuenta propia, las personas asesoradas en materia de emprendimiento por los técnicos de empleo del Centro de Empleo del Ayuntamiento de Almansa, podrán solicitar las siguientes ayudas:

Ayuda general de 250 euros por iniciativa empresarial puesta en marcha e inicio de la actividad, debiendo reunir todos los requisitos explicados en el apartado 2 de las bases de la convocatoria.

Esta ayuda se complementará con 250 euros, siempre que reúna alguno de los tres apartados siguientes:

  • Alta en el PAE-DUE del Ayuntamiento de Almansa.
  • Tutorización por parte de los servicios de asesoramiento a emprendedores del Ayuntamiento de Almansa, con una sesión TUTORIZADA como mínimo.
  • Que haya participado en alguna acción formativa de asesoramiento empresarial en el ejercicio 2019/2020 de sensibilización, consolidación o crecimiento de empresas.

Esta ayuda se complementará con 250 euros, siempre que reúna al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Mujer emprendedora.
  • 50 años o más a la fecha de alta en el Régimen de Autónomos.

Esta ayuda se complementará con 250 euros, siempre que reúna al menos uno de los siguientes criterios:

  • Desempleado/a con discapacidad igual o superior al 33%, aportando el certificado pertinente o documento acreditativo de tal condición.
  • Desempleado/a inscrito en la oficina de empleo del Servicio Público en Castilla La Mancha anterior a la fecha del alta de la actividad empresarial. A tales efectos se entenderá como desempleado/a para esta ayuda complementaria de aquell@s que lleven 360 días ininterrumpidos en desempleo hasta la fecha de alta. El informe de inscripción será el de los servicios públicos de empleo que se acreditará mediante autorización al Ayuntamiento de Almansa para la solicitud del certificado de período de inscripción en el Servicio Público de Empleo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LAS AYUDAS

El plazo de presentación de solicitudes de ayudas por iniciativas locales de autoempleo y emprendimiento para la anualidad 2019 tendrá dos plazos. La publicación de las presentes bases se realizará en almansa.es, en www.almansaimpulsa.es, y tablón de anuncios del Centro de Empleo del Ayto. de Almansa.

Se habilitan dos plazos de presentación de la solicitud y documentación justificativa requerida:

  • Del 15 de enero al 15 de febrero de 2020
  • Del 15 de junio a la 15 de julio de 2020

Las solicitudes se realizarán en el Centro De Empleo del Ayuntamiento de Almansa, en la calle Monjas Agustinas 3, 02640 Almansa (Albacete), con la presentación de la Solicitud, Anexo I y Anexo II, más el resto de documentación que se requieren en estas Bases.

Modificación de las bases con efectos del COVID-19

 

Apartado 7. Justificación documental de solicitudes

Anexo I, en su punto “h” donde se pide se acompañe en el momento de la solicitud los recibos del Régimen de Trabajadores Autónomos de al menos los seis primeros meses ininterrumpidos de la actividad empresarial o Informe de Pago de la Seguridad Social.

Ampliando la solicitud de documentación en los casos en que no les sea posible  presentar el pago de los recibos de marzo, abril y mayo, con los siguientes documentos:

1.- Certificado de reconocimiento de la prestación extraordinaria por cese de actividad por COVID-19
2.- Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de Actividades Empresariales actualizado a la fecha de solicitud de esta ayuda.