Se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, para la concesión de las subvenciones recogidas en el Decreto del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por Fondo Social Europeo.
Beneficiarios.
- Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre
propio. - Personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes.
- Los familiares colaboradores de personas trabajadoras autónomas y los familiares del socio, en el caso sociedades limitadas unipersonales.
- Las sociedades civiles, siempre y cuando su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas
patrimoniales. - Las sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad.
Objeto e inversiones subvencionables.
El objeto es regular la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan Regional de autoempleo, creación de
empresas y emprendimiento, estableciendo para ello seis líneas de ayudas:
- Línea 1. Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
- Línea 2. Ayudas para la consolidación de proyectos.
- Línea 3. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora.
- Línea 4. Ayudas para el fomento del relevo generacional, a través de las siguientes modalidades de subvención:
- 1ª. Subvención por la transmisión de la actividad empresarial.
- 2ª. Subvención por la contratación de duración determinada del relevista por la persona titular de la actividad empresarial.
- Línea 5. Ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa.
- Línea 6. Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena.
Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOCM
y finalizará el 30 de noviembre de 2019.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede
electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), así como
en la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de autoempleo, en la dirección web: https://e-empleo.
jccm.es/OVI/.
Si necesitas más información puedes consultarnos en el Servicio de Asesoramiento a Empresas y Emprendedores del Ayuntamiento de Almansa situado en la calle Monjas Agustinas, 3
Nuestros datos de contacto los tienes aquí:
Teléfono: 967.311569
e-mail: info@almansaimpulsa.es
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