Plataforma de trabajo para el desarrollo socioeconómico

Subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento. JCCM

 

Se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, para la concesión de las subvenciones recogidas en el Decreto del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por Fondo Social Europeo.

Beneficiarios.

  • Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre
    propio.
  • Personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes.
  • Los familiares colaboradores de personas trabajadoras autónomas y los familiares del socio, en el caso sociedades limitadas unipersonales.
  • Las sociedades civiles, siempre y cuando su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas
    patrimoniales.
  • Las sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad.

 

Objeto e inversiones subvencionables.
El objeto es regular la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan Regional de autoempleo, creación de
empresas y emprendimiento, estableciendo para ello seis líneas de ayudas:

  • Línea 1. Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
  • Línea 2. Ayudas para la consolidación de proyectos.
  • Línea 3. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora.
  • Línea 4. Ayudas para el fomento del relevo generacional, a través de las siguientes modalidades de subvención:
    • 1ª. Subvención por la transmisión de la actividad empresarial.
    • 2ª. Subvención por la contratación de duración determinada del relevista por la persona titular de la actividad empresarial.
  • Línea 5. Ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa.
  • Línea 6. Ayudas por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOCM
y finalizará el 30 de noviembre de 2019.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede
electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), así como
en la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de autoempleo, en la dirección web: https://e-empleo.
jccm.es/OVI/.

Si necesitas más información puedes consultarnos en el Servicio de Asesoramiento a Empresas y Emprendedores del Ayuntamiento de Almansa situado en la calle Monjas Agustinas, 3

Nuestros datos de contacto los tienes aquí:

Teléfono: 967.311569

e-mail: info@almansaimpulsa.es

 

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